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Protección de Datos Personales y Acceso a la Información Pública

¿Qué tipo de información se puede solicitar?

  • Presupuestos y gastos del Estado

  • Contratos con empresas privadas

  • Procesos de licitación y adjudicación de obras

  • Sueldos de funcionarios

  • Estadísticas de salud, educación, transporte, seguridad

  • Planes y políticas públicas

  • Reglamentos internos de organismos públicos

  • Actas de reuniones oficiales

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Principios del derecho de acceso

  • Máxima publicidad: Toda información es pública, salvo excepciones previstas por ley.

  • Transparencia activa: El Estado debe publicar información sin necesidad de que se la pidan.

  • Simplicidad y gratuidad: Cualquier persona puede solicitarla sin necesidad de abogado ni explicar por qué.

  • Plazo breve de respuesta: El organismo debe responder en tiempo razonable (generalmente 10 a 30 días).

  • Control y reclamo: Si no se responde o la respuesta es inadecuada, se puede apelar.

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Ejercicio del derecho de acceso como acto administrativo

Cuando un ciudadano presenta una solicitud de información:

  1. Inicia un procedimiento administrativo especial.

  2. El Estado debe responder con un acto administrativo expreso (resolución o nota).

  3. Si niega el acceso sin causa legal, el ciudadano puede reclamar (recurso administrativo o acción judicial).

  4. Todo el proceso está sujeto a control y revisión, como cualquier otro acto del Estado.

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